Aportaciones de capital

Aportaciones de capital: Entendiendo tus opciones

Al constituir una Sociedad Limitada (SL), debes aportar el capital social que los socios se han comprometido a entregar. Este capital puede estar compuesto por dinero o por otros bienes con valor económico.

Aportaciones dinerarias

Consisten en dinero en metálico. Aunque tradicionalmente debían acreditarse mediante una certificación bancaria, actualmente puedes optar por no presentarla si declaras en la escritura pública que responderás solidariamente frente a la sociedad y acreedores de la veracidad de dicho ingreso.

Aportaciones no dinerarias

Incluyen bienes como maquinaria, inmuebles o propiedad intelectual. En la SL, no es obligatorio el informe de un experto independiente, lo que agiliza el proceso frente a otras formas jurídicas.

Ojo con la sobrevaloración: Al aportar bienes no dinerarios, ten mucho cuidado con la valoración que les asignas en la escritura.

Si se demuestra que el valor declarado fue fraudulento o negligente, los socios fundadores responderán solidariamente con su patrimonio personal frente a los acreedores por la diferencia entre el valor real y el valor nominal.

Responsabilidad de los fundadores

La ley establece un régimen de responsabilidad solidaria durante cinco años para todos los socios fundadores respecto a la realidad y valoración de los bienes aportados en la escritura de constitución.

¿Qué significa esto? Significa que, si en algún momento se descubre que un bien aportado valía mucho menos de lo que pusiste en la escritura, los acreedores tienen derecho a reclamarte personalmente para cubrir dicho déficit.

Tu checklist de control
  • Verifica el valor: Si aportas maquinaria o bienes que no sean dinero, asegúrate de tener una valoración realista. Las tasaciones periciales voluntarias son la mejor forma de protegerte.
  • Respaldo documental: Aunque la ley flexibilice la acreditación bancaria en las dinerarias, documenta siempre el movimiento de capital para evitar confusiones patrimoniales.
  • Plazos de responsabilidad: Recuerda que, ante cualquier sobrevaloración o falta de aportación, tu patrimonio personal podría verse afectado.
Siguiente paso

Una vez definido el capital y las aportaciones, estarás listo para avanzar en la formalización legal de tu empresa.

Próxima lección:
Formalización de la escritura ante notario

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