Escritura ante notario

Escritura pública ante notario

La escritura pública de constitución es el acto formal por el cual los fundadores, ante notario, otorgan su consentimiento para crear la sociedad. Es el paso donde el compromiso se vuelve jurídico y donde el notario verifica la legalidad de los estatutos y la voluntad de los socios.

¿Por qué es indispensable? Aunque existen procesos telemáticos avanzados como el sistema CIRCE (que simplifica trámites), la visita presencial al notario es obligatoria para el otorgamiento de la escritura pública. Es el único momento donde el notario certifica, de forma presencial, que todo lo redactado cumple con la ley.
Lo que sucede durante la firma
Verificación

El notario revisa que la reserva del nombre (el certificado negativo del Registro Mercantil Central), los estatutos y las aportaciones de capital cumplan con los requisitos legales.

Acreditación

Si aportas capital dinerario, puedes acreditar el ingreso mediante un certificado bancario. Si prefieres no hacerlo, puedes manifestar en la propia escritura que responderás solidariamente de la realidad de dicha aportación frente a terceros.

Otorgamiento

Los fundadores firman el documento. A partir de este momento, la sociedad ha nacido formalmente, aunque aún le falte completar su recorrido legal para obtener personalidad jurídica plena.

Preparación para la cita
  • Documentación: Asegúrate de llevar tu DNI/NIE original en vigor. Si algún socio es persona jurídica, necesitarás sus poderes y escrituras.
  • Objeto social: El notario será estricto en que el objeto sea "concreto y determinado". Evita términos vagos; asegúrate de haberlo definido con claridad antes de la firma.
  • Certificado bancario: Si decides aportar dinero y no acogerte a la responsabilidad solidaria, ten listo el certificado que demuestra que el dinero está depositado a nombre de la sociedad en formación.
Error común: La confusión de patrimonio. Especialmente en Sociedades Limitadas Unipersonales (SLU), ten presente que, tras la firma, los contratos entre tú como único socio y la sociedad deben constar siempre por escrito. De lo contrario, podrías perder la protección de tu responsabilidad limitada.
¿Cuándo se llega al notario?

Una vez que tienes el certificado del nombre y has redactado los estatutos (cubiertos en lecciones anteriores), el notario utiliza estos documentos para elevar a público el acuerdo de constitución. Recuerda: este paso es solo el "puente" necesario antes de avanzar hacia la inscripción registral y el alta en Hacienda, procedimientos que explicaremos en lecciones futuras.


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