Retenciones: Trabajadores y profesionales (modelo 111)

Retenciones sobre salarios y profesionales: El modelo 111

Cuando tu Sociedad Limitada realiza pagos a determinados colectivos, como tus empleados o profesionales autónomos, existe la obligación fiscal de actuar como colaboradora de la Agencia Tributaria. Esto significa que, en lugar de pagarles el importe íntegro de su factura o salario, debes detraer una parte (la retención) e ingresarla mensualmente o trimestralmente en Hacienda a cuenta del IRPF de dicha persona.

¿Qué es realmente el modelo 111? Es la autoliquidación periódica que utiliza tu SL para declarar e ingresar esas retenciones que has practicado sobre rendimientos del trabajo (nóminas) y actividades económicas (facturas de profesionales).
¿Qué rentas están sujetas a retención?

No todo lo que pagas requiere retención. Debes estar atenta principalmente a estos dos casos:

  • Rendimientos del trabajo: El pago de las nóminas de tus empleados. Como empleador, debes calcular y aplicar la retención correspondiente a su IRPF.
  • Actividades económicas: Las facturas que emiten profesionales (abogados, consultores, diseñadores, etc.) que prestan servicios a tu SL. Estos profesionales deben incluir la retención en sus facturas, y tú eres quien debe ingresar ese importe en Hacienda.
Plazos y periodicidad

Para la gran mayoría de pequeñas sociedades, el modelo 111 se presenta con una periodicidad trimestral. Los plazos son los siguientes:

Trimestre Plazo de presentación
1º Trimestre (Enero-Marzo) 1 al 20 de abril
2º Trimestre (Abril-Junio) 1 al 20 de julio
3º Trimestre (Julio-Septiembre) 1 al 20 de octubre
4º Trimestre (Octubre-Diciembre) 1 al 30 de enero
Nota importante: Si decides realizar el pago mediante domiciliación bancaria, el plazo se acorta. Habitualmente, debes realizar la presentación entre el día 1 y el 15 del mes correspondiente para poder domiciliar el ingreso.
Errores frecuentes

La gestión de las retenciones es una fuente habitual de incidencias en pequeñas sociedades. Identifica estos puntos críticos:

  • No retener cuando toca: Aceptar facturas de profesionales sin retención o pagar nóminas sin practicar el descuento correcto es una irregularidad grave.
  • Descuadres entre el trimestral y el anual: Es fundamental que la suma de lo declarado en tus cuatro modelos 111 trimestrales coincida con la información que reportarás en el resumen informativo que explicaremos en otra lección. Un desfase aquí es una señal de alerta clara para Hacienda.
  • Presentación fuera de plazo: Al igual que con otros impuestos, presentar el modelo 111 después de los días indicados conlleva recargos por presentación extemporánea que aumentan cuanto más tarde regularices tu situación.
Resumen

Tu SL tiene la responsabilidad de retener e ingresar el IRPF de sus empleados y colaboradores profesionales. El modelo 111 es tu herramienta para comunicar a Hacienda cuánto has retenido y pagar ese importe. Recuerda que, aunque tu asesoría realice la presentación, la obligación de tener controlada la documentación y cumplir los plazos recae sobre la administración de la sociedad.


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